CERT. DE OPERADOR DE MONACARGAS

CERT. DE OPERADOR DE MONACARGAS

Dirigido a: Personal que ya sabe operar montacargas, y puede soportar su conocimiento por medio de una certificación laboral que conste que el trabajador ha laborado en el cargo de operador de montacargas por al menos 1 año, o por medio de un certificado vencido.

Duración: 8 Horas

La idoneidad para impartir la capacitación de operador Seguro de Montacargas, es respaldada por la licencia ocupacional expedida por la Secretaría de Salud Departamental, la cual avala para la prestación de servicios de educación y capacitación en marco al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, así mismo, dentro del objeto social expedido por la Cámara de Comercio de Bucaramanga se certifica la empresa para actividades de formación y educación para el trabajo y desarrollo humano.

La norma bajo la cual se imparte la capacitación de Montacargas es La Norma OSHA 29 CFR 1910.178, que es un conjunto de medidas para el manejo seguro de montacargas eléctricos y de combustión, contiene todos los temas referentes a la seguridad en las carretillas elevadoras.

La OSHA es una entidad del Departamento de Estado en EEUU dedicada a la inspección del manejo de equipos industriales, para garantizar condiciones de trabajo seguras y saludables.

Esta norma es válida en Colombia ya que al no existir en el país una norma que regule las capacitaciones de manejo de montacargas, se debe tomar como guía la norma internacional.

Vigencia: La norma internacional OSHA 29 CFR 1910.178, no define un tiempo de vigencia en específico, recomendando que no se supere los 3 años, sin embargo, en Colombia, el decreto 1072 de 2015, Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, estipula que “El empleador debe garantizar la capacitación de los trabajadores en los aspectos de seguridad y salud en el trabajo de acuerdo con las características de la empresa, la identificación de peligros, la evaluación y valoración de riesgos relacionados con su trabajo…como mínimo una vez al año”.

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